Qué requisitos deben cumplir las personas físicas y autónomos para acogerse al mecanismo de la Ley de Segunda Oportunidad
El Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho, conocido también por su acrónimo “BEPI”, es el mecanismo de segunda oportunidad para personas físicas y autónomos que tengan que acogerse al proceso de concurso de acreedores por sobreendeudamiento, que está regulado en los artículos 486 a 502 del Texto Refundido de la Ley Concursal.
Es cierto que el BEPI puede conceder una segunda oportunidad, pero no es un proceso sencillo y tampoco es aplicable a todos los deudores, por lo que el apoyo profesional es fundamental para conseguir la cancelación total de las deudas en el caso de que el afectado se encuentre en situación de quiebra económica y no las pueda afrontar.
En primer lugar, hay que tener claro que el BEPI solo puede conseguirse en la fase final de un concurso de acreedores después de haberse liquidado los bienes del deudor o bien tras comprobar que sus bienes son insuficientes para pagar los denominados créditos contra la masa. Evidentemente esto conlleva un sacrificio patrimonial para el deudor, que incluso puede suponer la pérdida de su vivienda habitual.
En segundo lugar, el BEPI se concede al deudor que cumple determinados requisitos, entre ellos, que sea un deudor “de buena fe” y que el concurso no haya sido declarado culpable.
En tercer lugar, el alcance del BEPI varía en función de si antes de pedir el concurso el deudor ha intentado o no alcanzar con sus acreedores, a través de un mediador concursal, el acuerdo extrajudicial de pagos regulado en los artículos 631 y siguientes del Texto Refundido de la Ley Concursal, para lo cual también hay cumplir unos requisitos y asumir determinados gastos.
En cuarto lugar, según el art. 491 del Texto Refundido de la Ley Concursal, ciertas deudas no pueden ser exoneradas a través del BEPI, en concreto, “los créditos por derecho público y por alimentos”, por lo que las deudas con organismos públicos, como la AEAT o la TGSS, deberían pagarse aunque el juez del concurso nos conceda el BEPI.
Por último, debe recordarse que durante cinco años el BEPI puede ser revocado si concurren determinadas circunstancias.
Vemos, por tanto, que el BEPI obliga a cumplir unos requisitos de forma muy precisa, por lo que, antes de acudir a un mediador concursal o solicitar el concurso de acreedores, es aconsejable que el deudor consulte con un profesional para analizar su caso particular y las opciones que tiene, con el objetivo de determinar cuál es la mejor vía para conseguir una segunda oportunidad.
Abel Martos
Socio Director del Área Jurídica