Teletrabajo y trabajo a distancia
El Trabajo a distancia en España
El trabajo a distancia se puede definir como aquel desempeño laboral que se realiza en un lugar alejado de la sede de la empresa. No obstante, esta explicación podría inducir a error y colocar en el mismo punto el teletrabajo y el trabajo a distancia. Por tanto, es pertinente que primer o de todo aclaremos alguna de las diferencias entre el teletrabajo y el trabajo a distancia.
El teletrabajo es más bien algo ocasional, algo que se desarrolla en un lugar alejado de la zona de trabajo de la empresa, pero sin perder la conexión con la misma; reuniones, mismo sistema informático, etc...
Sin embargo, el trabajo a distancia se realiza de forma continuada fuera de la empresa, no como algo ocasional.
¿Cuándo se considera trabajo a distancia o teletrabajo? ¿Cuántas horas tengo que trabajar en casa?
Para tener la consideración de trabajo a distancia, deberá cumplir en periodo de tres meses como mínimo un total de treinta por ciento de la jornada trabajado de forma telemática. Pero en caso de que el trabajador sea menor de edad no podrá teletrabajar durante toda la jornada, al menos el 50 % de la jornada la hará de forma presencial.
¿Si tengo capacidad para realizar mi trabajo en mi casa, puedo decidir realizar mi trabajo de forma telemática?
· Es de carácter voluntario para la empresa y la persona trabajadora. Art. 5 Ley 10/2021
· El acuerdo puede formar parte del contrato inicial o realizarse de forma posterior a este. Art 41 ET.
Podrá llevarse a cabo la modificación de las condiciones del trabajo a distancia establecidas en el acuerdo. Pero para poder llevar a cabo las modificaciones habrán de ser pactadas entre la persona trabajadora y la empresa.
¿Cuáles son los requisitos mínimos para tener un acuerdo de trabajo a distancia o teletrabajo?
El contrato debe realizarse por escrito y ha de entregarse a los representantes de los trabajadores de una copia de los acuerdos de trabajo a distancia.
El artículo 7 de la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia, señala el contenido mínimo que habrá de recoger el acuerdo. Entre otras condiciones, señala que serán indispensables:
· Un inventario de los medios, equipos y herramientas que exige el desarrollo del trabajo.
· Enumeración de los posibles gastos adicionales para la persona que desarrollará el trabajo telemáticamente.
· Horario de trabajo.
· Lugar escogido.
· Medios de los que dispone la empresa para controlar la actividad
· Duración del acuerdo de trabajo a distancia.
¿Qué derechos tengo como teletrabajador? ¿Tengo los mismos que un trabajador normal?
Los trabajadores a distancia o teletrabajadores tendrán los mismos derechos que los trabajadores que desarrollen su labor en el centro de trabajo.
· Tendrán derecho de acceso a las formaciones que se lleven a cabo en las mismas condiciones que los que prestan servicio en el centro.
· A la promoción profesional.
· Al mantenimiento de los equipos y herramientas necesarias para el desarrollo de la actividad profesional.
· Y la compensación de los gastos ocasionados por los equipos y medios vinculados al desarrollo de su actividad laboral.
· A un horario flexible.
· A un registro de las horas trabajadas que sea adecuado.
· Derecho a la desconexión fuera de horario de trabajo.
Derecho a la desconexión digital fuera de su horario de trabajo
Este derecho se traduce en las siguientes limitaciones a la empresa:
Del uso de los medios tecnológicos de comunicación empresarial y de trabajo durante los periodos de descanso. La normativa establece la obligación de la empresa de elaborar una política interna, previa audiencia de la representación legal de las personas trabajadoras, que defina entre otros extremos, las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión y su preservación. Y Las acciones de formación y de sensibilización del personal sobre un uso razonable de las herramientas tecnológicas que evite el riesgo de fatiga informática.
Obligaciones de los trabajadores
Las personas trabajadoras a distancia tienen una serie de obligaciones indicadas en los arts. 20, 21 y 22 de la Ley de Trabajo a Distancia:
- Habrán de cumplir con las instrucciones establecidas por la empresa en el marco de la legislación vigente concerniente a la protección de datos.
- Conservar y usar los equipos, herramientas y medios bajo las condiciones establecidas por la empresa. Dentro de los términos fijados, si es el caso, por la negociación colectiva.
Observar las facultades de control y vigilancia de la empresa. La empresa podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por la persona trabajadora de sus obligaciones y deberes laborales.
¿Se puede combinar el teletrabajo y el trabajo presencial?
La respuesta a esta pregunta es afirmativa, el teletrabajo es el trabajo a distancia llevado a cabo mediante medios informáticos, telemáticos etc., por lo tanto, podemos deducir que es perfectamente factible que acudamos esporádicamente a la sede del trabajo. En cambio el trabajo a distancia es aquella circunstancia que se da cuando el trabajo se lleva a cabo en su totalidad en casa o en el lugar elegido, con carácter regular, por lo que no es posible la combinarlo.
