UE refuerza sanciones | Prohibición de prestar servicios de asesoramiento al Gobierno ruso es legal

03/10/2024

El Tribunal General de la Unión Europea ha confirmado la legalidad de la prohibición de prestar servicios de asesoramiento jurídico al Gobierno ruso y a entidades establecidas en Rusia, como parte de las sanciones impuestas en 2022 tras la invasión de Ucrania. Esta medida, adoptada por el Consejo de la Unión Europea, tiene como objetivo aumentar la presión sobre Rusia para que cese su agresión. A pesar de las impugnaciones presentadas por varios colegios y asociaciones de abogados, el Tribunal ha desestimado los recursos, afirmando que la prohibición no viola derechos fundamentales como el acceso al asesoramiento legal y la tutela judicial efectiva.

Prohibición de prestar servicios de asesoramiento al Gobierno ruso

La prohibición restringe, salvo ciertas excepciones y exenciones, que profesionales del derecho en la Unión Europea brinden servicios de asesoramiento jurídico al Gobierno ruso y a entidades radicadas en Rusia. Sin embargo, excluye explícitamente los servicios relacionados con procedimientos judiciales, administrativos o arbitrales. De este modo, se garantiza que el derecho a ser asesorado y representado por un abogado en litigios actuales o potenciales se mantiene intacto.

Los recurrentes, entre ellos la Nederlandse Orde van Advocaten bij de Balie te Brussel y la Ordre des avocats à la cour de Paris, argumentaron que la prohibición carecía de motivación y vulneraba derechos fundamentales como el secreto profesional, la independencia del abogado y los valores del Estado de Derecho. También alegaron que infringía los principios de proporcionalidad y seguridad jurídica.

El Tribunal General rechazó estos argumentos, señalando que la prohibición no afecta al asesoramiento jurídico relacionado con procedimientos legales y, por ende, no interfiere en la independencia profesional ni en el deber de confidencialidad de los abogados. Además, destacó que los servicios a personas físicas quedan fuera del alcance de la prohibición, limitando su impacto a entidades vinculadas al Estado ruso.

Excepciones y exenciones

En relación con las excepciones y exenciones, el Tribunal consideró que no constituyen una injerencia en la protección del secreto profesional. Sin embargo, enfatizó que los Estados miembros deben asegurar el respeto a la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea al aplicar estos procedimientos.

El fallo también aborda la posibilidad de imponer restricciones a la labor esencial de los abogados en una sociedad democrática. Reconoció que, aunque desempeñan un papel crucial en la defensa del Estado de Derecho, su misión puede estar sujeta a limitaciones justificadas por objetivos de interés general. Siempre que estas restricciones no supongan una intervención desproporcionada que afecte a la esencia de su función, son legítimas.

Conclusión del Tribunal General

En conclusión, el Tribunal determinó que la prohibición persigue objetivos legítimos de interés general, como presionar a Rusia para que detenga su agresión. Al estar acotada por disposiciones que protegen los derechos fundamentales, la medida no afecta la esencia de la labor de los abogados ni vulnera principios básicos del Estado de Derecho. Esta decisión fortalece la capacidad de la Unión Europea para imponer sanciones efectivas ante amenazas internacionales, equilibrando medidas restrictivas con la protección de derechos fundamentales y valores democráticos.

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