Delito de amenazas: todo lo que debes saber para proteger tus derechos
Es posible que en algún momento te hayas preguntado si ciertas palabras o acciones podrían considerarse un delito de amenazas. El Código Penal español regula este delito de manera detallada, y es importante conocer en qué consiste, los tipos que existen y las posibles consecuencias legales. A continuación, responderemos a seis preguntas clave para entender mejor este delito.
¿Qué es el delito de amenazas?
El delito de amenazas se define como la acción de comunicar a otra persona la intención de causarle un mal que constituya un delito, ya sea a ella misma, a su familia o a personas con las que tenga una relación cercana. Este mal debe ser concreto y real, y puede referirse a delitos como lesiones, homicidio, delitos contra la libertad, la integridad moral, la libertad sexual, el honor o el patrimonio.
Para que una amenaza sea considerada delito, deben cumplirse ciertos requisitos:
- Seriedad y realidad: La amenaza debe ser seria y creíble, no una broma o una expresión sin intención.
- Mal constitutivo de delito: El mal con el que se amenaza debe estar tipificado en el Código Penal.
- Intención de intimidar: Debe existir la intención de generar temor o coaccionar a la otra persona.
¿Qué tipos de amenazas existen?
El Código Penal distingue varios tipos de amenazas, que se clasifican según la naturaleza del mal amenazado y las circunstancias en que se producen:
a) Amenazas condicionales con mal constitutivo de delito
Son aquellas en las que el autor exige a la víctima realizar o dejar de realizar una acción, bajo la amenaza de causarle un mal si no cumple con la condición. Por ejemplo: "Si no me das dinero, te haré daño".
b) Amenazas no condicionales con mal constitutivo de delito
En este caso, se manifiesta la intención de causar un mal sin imponer ninguna condición. Por ejemplo: "Te voy a hacer daño a ti y a tu familia".
c) Amenazas a grupos o colectivos
Estas amenazas buscan atemorizar a un grupo de personas por su pertenencia a una población, etnia, religión, cultura o colectivo social. Por ejemplo: "Atacaremos a todos los miembros de esa comunidad".
d) Reclamación pública de acciones violentas
Consiste en solicitar públicamente la comisión de actos violentos por parte de organizaciones terroristas o grupos armados. Por ejemplo: "Ese grupo debería cometer un atentado contra ellos".
e) Amenazas de Mal No Constitutivo de Delito
Aquí, el mal con el que se amenaza no es un delito tipificado. Sin embargo, la amenaza puede ser punible si se hace de forma condicional y la condición no es debida. Por ejemplo: "Si no me ayudas, contaré tus secretos".
f) Chantaje
Es una forma de amenaza en la que se exige una cantidad de dinero o beneficio bajo la amenaza de revelar información perjudicial. Por ejemplo: "Si no me pagas, publicaré tus fotos privadas".
g) Amenazas Leves
Incluyen amenazas de menor gravedad, pero que pueden tener relevancia penal si se dirigen a personas especialmente vulnerables, como cónyuges, parejas o familiares cercanos.
3. ¿Qué penas contempla el Código Penal para este delito?
Las penas varían según el tipo de amenaza y las circunstancias:
a) Amenazas Condicionales con Mal Constitutivo de Delito
- Si se consigue la condición: Pena de prisión de 1 a 5 años.
- Si no se consigue: Pena de prisión de 6 meses a 3 años.
- Si se realiza por medios de comunicación: La pena se aplica en su mitad superior.
b) Amenazas No Condicionales con Mal Constitutivo de Delito
- Pena de prisión de 6 meses a 2 años.
c) Amenazas a Grupos o Colectivos
- Se aplica la pena en grado superior a la establecida para las amenazas individuales.
d) Reclamación Pública de Acciones Violentas
- Pena de prisión de 6 meses a 2 años.
e) Amenazas de Mal No Constitutivo de Delito
- Amenazas Condicionales: Pena de prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 24 meses.
- Si se consigue la condición: La pena se aplica en su mitad superior.
f) Chantaje
- Si se logra lo exigido: Pena de prisión de 2 a 4 años.
- Si no se logra: Pena de prisión de 4 meses a 2 años.
g) Amenazas Leves
- Violencia de Género: Pena de prisión de 6 meses a 1 año o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días, y privación del derecho a la tenencia y porte de armas de 1 año y 1 día a 3 años.
- Violencia Doméstica: Pena similar a la anterior.
- Resto de Amenazas Leves: Multa de 1 a 3 meses.
¿Se necesitan pruebas para denunciar una amenaza?
Sí, es esencial contar con pruebas para respaldar la denuncia. Las pruebas pueden ser:
- Mensajes Escritos: Emails, mensajes de texto, conversaciones de WhatsApp, publicaciones en redes sociales.
- Grabaciones de Audio o Video: Si has podido grabar la amenaza.
- Testigos: Personas que hayan presenciado la amenaza.
- Informes Médicos: En caso de que la amenaza haya causado efectos psicológicos.
Es importante guardar todas las evidencias y presentarlas al interponer la denuncia. Un abogado puede asesorarte sobre cómo recopilar y presentar las pruebas de manera adecuada.
¿Existen agravantes en el delito de amenazas?
Sí, existen circunstancias que pueden agravar el delito:
- Uso de Armas o Instrumentos Peligrosos: Incrementa la gravedad.
- Realización en Presencia de Menores: Se considera más grave.
- Quebrantamiento de Medidas Judiciales: Como órdenes de alejamiento.
- Reincidencia: Antecedentes penales por delitos similares.
- Medios de Difusión Masiva: Uso de internet o redes sociales para propagar las amenazas.
¿Se puede retirar una denuncia por amenazas?
Depende del tipo de delito:
- Delitos Públicos: Como las amenazas graves o violencia de género, no se pueden retirar una vez interpuesta la denuncia. El proceso sigue adelante aunque la víctima quiera retirarla.
- Delitos Privados o Semipúblicos: En casos de amenazas leves, la acción penal depende de la denuncia de la víctima, y puede retirarse, lo que podría detener el proceso.
Es importante asesorarse con un abogado para entender las implicaciones de retirar una denuncia.
Conclusión
El delito de amenazas es una cuestión legal seria que puede tener consecuencias significativas. Si eres víctima de amenazas:
- Recopila todas las pruebas posibles.
- Denuncia los hechos ante las autoridades competentes.
- Busca asesoramiento legal para proteger tus derechos.
La seguridad y el bienestar son primordiales, y es esencial actuar para prevenir daños mayores.
