Fraude con falsa herencia de 9,3 millones: el estafador ha sido condenado a prisión

02/09/2024

Condenado a dos años de prisión por estafa relacionada con falsa herencia de 9,3 millones de dólares

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha sentenciado a dos años de prisión a un hombre que estafó a una víctima tras hacerle creer que había heredado 9,3 millones de dólares. En noviembre de 2018 contactó con la víctima, un ciudadano canadiense, a través de una carta en la que se hacía pasar por un abogado. 

A través de la carta, convenció a la víctima de que era beneficiario de una falsa herencia dejada por un ciudadano fallecido en el terremoto de China de 2008. Le aseguró que, para poder acceder a dicha cantidad, debía aceptar dicha herencia. Además, indicaba que el dinero estaba depositado en una caja de seguridad en España. Sin embargo, para liberar los fondos, la víctima debía hacer varios pagos en efectivo.

Para darle credibilidad a su fraude, el acusado creó documentación falsa y abrió una cuenta bancaria en España utilizando un pasaporte falsificado. A través de esta cuenta, logró que la víctima realizara varias transferencias a cuentas bancarias distintas. 

Entre los falsos documentos consta un documento que simulaba ser una declaración jurada del supuesto abogado ante el Ministerio de Justicia en España extendido en papel de oficio, certificados emitidos por la empresa Central Safes and Vaults, SRL; o declaraciones de garantía que aparecían como emitidas por el Departamento Administrativo de la entidad bancaria BBVA. Los documentos, aún con errores de formato y de contenido evidentes, resultan suficientes para convencer a la persona contactada de la legalidad de la operación, dada su condición de extranjero. El ciudadano canadiense desconocía el idioma y el formato oficial de los documentos de los órganos judiciales en España.

El proceso judicial

El acusado reconoció los hechos y aceptó los cargos por falsedad documental y estafa. La Fiscalía y la defensa llegaron a un acuerdo previo al juicio, en el que el acusado se declaró culpable. La sentencia establece que el acusado es responsable de un delito continuado de falsedad en documento mercantil y oficial previsto y penado en los arts. 390.1. 30, 392 y 74 del Código Penal en relación de concurso medial del art. 77 con un delito de estafa prevista y penada en el art. 248 del Código Penal.

No obstante, para la condena se consideraron dos atenuantes: dilaciones indebidas en el proceso judicial y reparación parcial del daño. Antes del juicio, el condenado depositó mil euros como parte del pago de los 5.820 euros que debe devolver a la víctima en concepto de responsabilidad civil.

Sin embargo, según la sentencia, la víctima llegó a perder más de 122.000 euros en total, pues otras cantidades fueron depositadas en cuentas bancarias de presuntos cómplices que permanecen en paradero desconocido.

Finalmente, la sentencia establece que el acusado debe devolver los 5.820 euros y cumplir la pena de dos años de prisión, aunque la cantidad total defraudada asciende a más de 122.000 euros, con otros implicados aún sin localizar. Además, deberá pagar una multa durante cuatro meses, a razón de 8 euros diarios.

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