La carga de la prueba de los salarios corresponden a la empresa, incluso cuando se pague en negro

26/09/2023

Una reciente decisión del Tribunal Supremo arroja luz sobre la responsabilidad de las empresas de demostrar el pago de salarios, incluso cuando este se haya realizado de manera no declarada. En virtud de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se impone a las empresas la obligación de respaldar el desembolso de los salarios y, en caso de no poder proporcionar pruebas de haber cumplido con las remuneraciones reclamadas, se les obliga a efectuar el pago correspondiente.

En un reciente caso, un empleado solicitó el pago de 6.318 euros, que correspondían a varios meses de salario y vacaciones no remuneradas. Tanto el Juzgado de lo Social de Toledo como el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha rechazaron la demanda del empleado sin requerir a la empresa que demostrara el pago en efectivo no declarado.

En respuesta a esta situación, el empleado presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo con el objetivo de unificar la doctrina, ya que el Tribunal Superior de Castilla-La Mancha había fallado a favor de otro empleado de la misma empresa. Este último había experimentado el mismo desenlace de su relación laboral en la misma fecha y reclamaba las mismas compensaciones por el mismo período. En este fallo, se destaca la responsabilidad de la empresa de efectuar el pago y de respaldar que se realizaron los pagos correspondientes.

El Supremo afirma la responsabilidad de la empresa en cuanto a la prueba

El Tribunal Supremo enfatiza que la carga de la prueba recae en la empresa en estos casos. El empleado sólo necesita demostrar la existencia de la relación laboral y el trabajo desempeñado para poder reclamar el pago de las sumas no recibidas. Una vez que se hayan establecido estos elementos, es responsabilidad de la empresa proporcionar pruebas que puedan eximirla de la obligación de pagar las cantidades reclamadas.

Además, el Estatuto de los Trabajadores establece que la liquidación y el pago del salario deben respaldarse mediante la entrega de un recibo individual y justificante. Por lo tanto, no se puede exigir al empleado que pruebe la falta de pago de un salario reclamado.

La sentencia subraya que, incluso si hay sospechas de que la empresa haya efectuado el pago en efectivo no declarado y de manera oculta, esto no exime a la empresa de la responsabilidad de demostrar el pago. Además, resalta las obligaciones de la empresa en relación con la Seguridad Social, la Inspección de Trabajo y la Agencia Tributaria.

Antecedentes sobre Incumplimientos Empresariales

En un fallo anterior, el Tribunal Supremo ya había establecido que el pago continuado de parte de las compensaciones del empleado fuera de nómina constituye un incumplimiento grave de las obligaciones de la empresa. Esto se debe a que la empresa infringe su deber de cotización, lo que puede repercutir en las prestaciones y ayudas del empleado.

En resumen, la sentencia del Tribunal Supremo obliga a las empresas a efectuar los pagos pendientes a los empleados y, en caso de no poder proporcionar pruebas de haber realizado los pagos reclamados, deben efectuar los pagos correspondientes. Además, esta forma de pago no declarado puede dar lugar a la rescisión del contrato con indemnización por parte del empleado, lo que refuerza la protección de los derechos de los trabajadores.

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