Caída en la vía pública: rechazada la indemnización por falta de la debida diligencia
Rechazo de la indemnización solicitada tras caída en la vía pública: La esencial relación de causalidad
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha tomado una firme decisión en un caso que giraba en torno a una caída en la vía pública. Una mujer solicitaba una indemnización de 44.956 euros al Ayuntamiento de Ferrol tras sufrir dicho incidente en 2020.
El TSX de Galicia, aunque reconoció el mal estado de la acera donde tuvo lugar la caída en la vía pública, subrayó que esta circunstancia, por sí sola, no establece automáticamente una relación de causalidad entre el mal funcionamiento del servicio público y el daño sufrido por la mujer. En base a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, es crucial establecer una relación de causalidad para que se declare la responsabilidad patrimonial de la administración.
El dilema de la aseguradora universal en casos de caída en la vía pública
El Tribunal Superior planteó una interesante perspectiva: si cualquier desperfecto en la acera fuese suficiente para establecer un nexo causal, la administración pública correría el riesgo de ser percibida como una aseguradora universal para todos los incidentes ocurridos en la vía pública.
Al examinar este caso particular de caída en la vía pública, se destacó que los desperfectos en la acera estaban ubicados en la parte lateral, lo cual permitía un espacio suficiente para el tránsito seguro. Además, se señaló que la caída tuvo lugar durante las horas del día con condiciones de visibilidad favorables. Los jueces concluyeron que la demandante podría haber evitado el incidente con una simple observación de su entorno.
Conclusión del TSXG sobre la Indemnización por el accidente
Finalmente, se enfatizó que la demandante vivía cerca del lugar de la caída en la vía pública, lo cual indica que podría haber estado al tanto de los desperfectos existentes en la acera. El comportamiento de la mujer se consideró de relevancia suficiente como para interrumpir el nexo causal entre el mal estado de la acera y el daño sufrido. Así, el TSXG confirmó la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Ferrol, rechazando la indemnización solicitada por la mujer debido a su caída en la vía pública.
