La CNMC multa a Rheinmetall con 13 millones de euros por infracciones de competencia

15/05/2024

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia multa a Rheinmetall por infracción del derecho de competencia. SNC/DC/081/23.

Recientemente, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha impuesto una sanción de 13 millones de euros a Rheinmetall AG, una empresa alemana especializada en la producción de armamento militar. La empresa cometió dos infracciones tipificadas en la Ley de Defensa de la Competencia.

Rheinmetall AG es una empresa que opera en diversas áreas, incluyendo sistemas de vehículos, armas y municiones, y soluciones electrónicas. En febrero de 2023, la empresa notificó a la CNMC la adquisición de Expal Systems, una empresa española especializada en defensa y seguridad global que ofrece soluciones tecnológicas avanzadas para las fuerzas armadas.

La ocultación de información relevante en materia de competencia

Las infracciones cometidas por Rheinmetall AG incluyen la ocultación de información durante la notificación de la adquisición de Expal Systems, y la presentación de información engañosa durante la investigación previa a la apertura del expediente sancionador. 

La CNMC inicialmente aprobó la operación en una primera fase. Sin embargo, un recurso presentado por un cliente ante la Audiencia Nacional reveló que la información proporcionada por Rheinmetall podría haber sido incompleta y engañosa, afectando así la evaluación de la fusión de ambas empresas.

Como resultado, la CNMC inició una investigación para verificar si la empresa alemana había omitido detalles en la notificación sobre cómo la fusión afectaba a varios mercados. En enero de 2024, la CNMC inició un expediente sancionador contra la empresa.

Infracciones del derecho de competencia

La investigación determinó que Rheinmetall había omitido omitió información y que la proporcionada era engañosa. Rheinmetall y Expal tenían actividades en la venta de nitrocelulosa y pasta húmeda, pero omitieron identificar estos mercados como afectados por la concentración. Las empresas dieron a entender que la magnitud de su actividad en dicho sector era mucho menor de la que en realidad era.

Según el artículo 62.3.c) de la LDC, Rheinmetall incurrió en dos infracciones graves: no aportar información necesaria y proporcionar información engañosa en el formulario de notificación, y suministrar información incompleta en respuesta a un requerimiento de la CNMC.

Así establece el artículo en cuestión: «3. Son infracciones graves: [...]

c) La obstrucción por cualquier medio de la labor de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia en el marco de un requerimiento de información, una entrevista o una inspección, contraviniendo las obligaciones establecidas respectivamente en los artículos 39, 39 bis y 40. Entre otras, constituyen obstrucción a la labor de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia las siguientes conductas:

1.º No presentar o hacerlo de forma incompleta, incorrecta, engañosa o falsa, los libros, documentos o cualquier otra información solicitada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia en el marco de un requerimiento de información o una inspección. [...]».

Sanciones impuestas a Rheinmetall

Por estas infracciones, la CNMC ha impuesto dos sanciones a Rheinmetall, cada una de 6.500.000 euros, sumando un total de 13.000.000 euros. Para el cálculo de la multa se tiene como referencia el 5% del volumen de negocios total de la empresa en el ejercicio inmediatamente anterior. Rheinmetall tiene la opción de interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en un plazo de dos meses.

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