La Comisión multa a Apple por prácticas anticompetitivas en sus aplicaciones de música en streaming
Multa de 1.800 millones a Apple por abusividad de las normas para sus proveedores de música en streaming.
La Comisión Europea ha multado a la empresa Apple por abuso de su posición dominante en el mercado de distribución de aplicaciones de música para usuarios que utilicen la App Store, es decir, cualquier dispositivo que utilice el sistema propio de la empresa (iOS).
La infracción se relaciona con prácticas anticompetitivas que restringieron la información a los usuarios de iOS sobre servicios de suscripción de música alternativos y más económicos, violando las normas antimonopolio de la Unión Europea.
El control de Apple sobre la experiencia del usuario de iOS
La investigación de la Comisión reveló que Apple, como único proveedor de la App Store, controla todos los aspectos de la experiencia del usuario de iOS en el Espacio Económico Europeo. Así, establece los términos y condiciones que los desarrolladores deben cumplir para estar presentes en su biblioteca de aplicaciones.
De este modo, además de imponer condiciones a los desarrolladores, se restringía la información sobre opciones de suscripción de música fuera de la aplicación.
Entre las medidas llevadas a cabo, durante 10 años Apple prohibió a los desarrolladores informar a los usuarios sobre precios y suscripciones alternativas, así como incluir enlaces a sitios web externos. Dichas obligaciones afectan negativamente a la capacidad de los usuarios de iOS para tomar decisiones informadas.
En particular, las disposiciones anti-dirección prohibían a los desarrolladores de aplicaciones:
Informar a los usuarios de iOS dentro de sus aplicaciones sobre los precios de las ofertas de suscripción disponibles en Internet fuera de la aplicación.
Informar a los usuarios de iOS dentro de sus aplicaciones sobre las diferencias de precio entre las suscripciones dentro de la aplicación vendidas a través del mecanismo de compra dentro de la aplicación de Apple y las disponibles en otros lugares.
Incluir enlaces en sus aplicaciones que lleven a los usuarios de iOS al sitio web del desarrollador de la aplicación en el que se pueden comprar suscripciones alternativas.
También se impidió a los desarrolladores de aplicaciones ponerse en contacto con sus propios usuarios recién adquiridos, por ejemplo por correo electrónico, para informarles sobre opciones de precios alternativas después de configurar una cuenta.
Multa y disuasión
La Comisión considera que dichas prácticas violan lo dispuesto en el artículo 102 TFUE, en relación a las prácticas comerciales injustas. Además, establece que las condiciones aplicadas no son necesarias ni proporcionadas para la protección de los intereses de Apple.
La conducta de Apple podría haber llevado a los usuarios de iOS a pagar precios más altos por suscripciones de música. Además, las restricciones afectaron la experiencia del usuario al dificultar la búsqueda de ofertas fuera de la aplicación.
Por todo ello, la Comisión fijó una multa, basándose en las Directrices de 2006. Para fijarla, tuvo en consideración la duración y gravedad de la infracción, el volumen de negocios y la capitalización bursátil de Apple. Además de la sanción base, se añade una suma adicional de 1.800 millones de euros para garantizar el efecto disuasorio, tanto en Apple como en otras empresas que puedan repetir la infracción.
Además de la multa, la Comisión también ordena a Apple eliminar las disposiciones contrarias y abstenerse de prácticas similares en el futuro.
Finalmente, se establece que las partes afectadas pueden presentar demandas por daños y perjuicios ante los tribunales nacionales, respaldadas por la decisión vinculante de la Comisión. Aunque la multa no reduce la indemnización, se espera que las empresas afectadas busquen compensación.
