Sanción confirmada por ejercicio de abogacía incompatible
El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha confirmado la sanción impuesta a una funcionaria interina por ejercer la abogacía sin contar con la compatibilidad requerida. Esta decisión surge después de que la funcionaria, al asumir su cargo en la Dirección General de Justicia, suscribiera una declaración asegurando no participar en actividades privadas que colidieran con sus responsabilidades públicas.
Contexto y Esencia del Litigio sobre Incompatibilidad
El núcleo del litigio se centra en el recurso de apelación interpuesto por la funcionaria, quien enfrentaba sanciones administrativas por supuestamente ejercer como abogada de forma incompatible con su posición interina. La apelante solicitaba la anulación de las sanciones, alegando insuficiencia probatoria de la infracción y reclamando la restitución de sus derechos y emolumentos no recibidos.
Desglose y Análisis del Proceso de Apelación
1. Argumentación Inicial: La apelación desafiaba las decisiones que atribuían a la funcionaria una falta grave, lo que derivó en la terminación de su nombramiento y la exclusión para ocupar cargos por tres años. La funcionaria cuestionaba la autenticidad de un documento clave, alegando falsedad y cuestionando su incorporación al proceso.
2. Antecedentes y Procedimiento: Se enfatiza en comprender los eventos previos y el procedimiento administrativo, incluyendo la importancia de las declaraciones de no incompatibilidad, que recaen en la funcionaria, quien aseguró no ejercer actividades contrarias a su cargo.
3. Cuestionamiento de Evidencia: La apelante disputaba la legitimidad de un documento fechado el 3 de mayo de 2021, negando su autoría y validez como prueba. Sin embargo, la corte encontró que, sin evidencia concreta de falsedad, el documento no podía ser desestimado arbitrariamente.
4. Evaluación de la Práctica Legal: La deliberación sobre la abogacía basada en indicios y la presunción de inocencia tomó en cuenta varias pruebas, como comunicaciones vinculadas a la apelante, concluyendo su práctica profesional durante el periodo en cuestión.
Conclusión del Tribunal Superior de Justicia
La apelación fue rechazada, manteniendo la sanción original tras un examen meticuloso de los argumentos y pruebas presentadas. La defensa de la apelante no logró refutar eficazmente las determinaciones sobre su ejercicio profesional incompatible, ni impugnar la sanción y su alcance. Se dictaminó, además, que la apelante cubriera las costas del proceso, estableciendo un límite para los honorarios del abogado de la parte contraria.
