Reconocimiento de incapacidad temporal de un empleado como accidente laboral por el Juzgado de Barcelona

30/01/2024

El Juzgado Social 28 de Barcelona ha determinado que la incapacidad temporal de un empleado, cuyo trabajo consistía en revisar vídeos de contenido extremo, debe ser considerada como un accidente laboral y no como una enfermedad común.

Accidente Laboral versus Incapacidad Temporal del Trabajador

Una empresa presentó una demanda contra varias entidades de seguridad social y un trabajador, argumentando que la incapacidad temporal del empleado, que comenzó en mayo de 2019, se debía a una enfermedad común. Se presentó el expediente administrativo completo, incluyendo peritajes médicos y testimonios.

El empleado se encargaba de clasificar contenidos extremos, como material relacionado con terrorismo, suicidios, automutilaciones, decapitaciones y torturas, para prevenir su difusión en Internet. Esta tarea lo expuso a violencia intensa, crimen, abuso y contenido ilegal, generando un estrés significativo que podría haber causado daños psicológicos y trastorno de estrés postraumático.

Alegaciones de la Empresa

La empresa sostuvo que no se le había comunicado adecuadamente el inicio del expediente administrativo para determinar la contingencia. Según la normativa, este procedimiento debería haber sido notificado tanto a la empresa como a la mutua colaboradora. Se aportaron pruebas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que evidenciaban la contribución de documentación relevante por parte de la empresa, incluyendo un profesiograma y evaluaciones de riesgo.

Además, la empresa argumentó que la resolución impugnada carecía de la motivación adecuada. Sin embargo, esta se apoyó en un informe detallado de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, lo cual, según la jurisprudencia aplicable, justifica la técnica de motivación mediante la remisión a otros documentos.

Fallo del Juzgado: las enfermedades derivadas del trabajo como accidentes laborales

De acuerdo con la ley, las enfermedades que un trabajador contrae exclusivamente por realizar su trabajo se consideran accidentes laborales. En este caso, los informes médicos atribuyeron la incapacidad temporal del trabajador a trastornos psíquicos graves causados por el contenido altamente sensible de su labor. No se encontraron factores externos al trabajo que pudieran haber provocado dichas patologías.

La sentencia reconoció que la naturaleza del trabajo del empleado y su constante exposición a contenido perturbador y violento contribuyeron directamente a su estado de salud, justificando así la clasificación de su incapacidad temporal como un accidente laboral.

Subir

    ¿Podemos ayudarte?

    Área Legal

    Responsable: J.A. MUÑOZ-ZAFRILLA & Asociados Servicios, S.L. Finalidad: Tramitación y gestión de consultas. Legitimación: Consentimiento del interesado. Derechos: Acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, oposición, portabilidad de datos. Información adicional: Disponible la información adicional y detallada sobre protección de datos en nuestro sitio web corporativo