Información pública y transparencia en decisiones automatizadas

23/09/2025

El Tribunal Supremo ha reconocido que el código fuente de una aplicación informática de la Administración puede considerarse información pública y, por tanto, ser objeto de acceso por parte de los ciudadanos. En su sentencia, estima el recurso de casación presentado contra la resolución de la Audiencia Nacional, que había negado el acceso al código fuente de la herramienta BOSCO, utilizada en la gestión del bono social eléctrico.

Acceso a información pública sobre una aplicación de uso administrativo

El litigio tiene su origen en una solicitud de acceso al código fuente del programa BOSCO, utilizado por las comercializadoras eléctricas para verificar si un solicitante reúne los requisitos para el bono social. La negativa de la Administración se basó en riesgos para la seguridad y en la protección de la propiedad intelectual. Tanto la resolución administrativa como la posterior sentencia de la Audiencia Nacional rechazaron que dicho código pudiera ser considerado información pública accesible bajo la Ley 19/2013, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

Delimitación del derecho de acceso

Información pública sujeta a límites, pero no excluida por principio

El Tribunal Supremo recuerda que el derecho de acceso a la información pública no es absoluto, y puede restringirse si existen razones fundadas como la seguridad pública, la protección de datos personales o los derechos de propiedad intelectual (art. 14.1 LTAIBG). No obstante, añade que tales límites deben aplicarse de forma proporcionada y motivada, y que la Administración tiene la obligación de ofrecer acceso parcial cuando ello sea posible (arts. 14.2 y 16 LTAIBG).

Código fuente y transparencia administrativa

El algoritmo como parte de la información pública

La Sala considera que el código fuente constituye un programa de ordenador protegido, pero al estar en poder de la Administración y estar relacionado con decisiones que afectan a derechos individuales, puede tener la condición de información pública. Especialmente relevante resulta el hecho de que BOSCO automatiza decisiones sobre prestaciones sociales, lo que obliga a garantizar un cierto nivel de transparencia en su funcionamiento.

El Tribunal entiende que no procede la entrega íntegra del código fuente, ya que ello supondría riesgos para la seguridad del sistema y los datos personales de los usuarios (por ejemplo, renta, unidad familiar, discapacidad, condición de víctima de violencia de género, etc.). Sin embargo, sí considera obligatorio permitir el acceso al algoritmo de decisión, es decir, a la parte del código que traduce los parámetros legales a instrucciones informáticas.

Fallo del Tribunal Supremo

Reconocimiento parcial del derecho de acceso a la información pública

El Tribunal Supremo estima el recurso de casación, casa la sentencia de la Audiencia Nacional y reconoce el derecho del solicitante a acceder parcialmente al código fuente de BOSCO, limitado exclusivamente al algoritmo decisorio. De este modo, se asegura el derecho de acceso a la información pública sin comprometer la seguridad informática ni los datos protegidos.

La sentencia establece un equilibrio entre los principios de transparencia, seguridad y propiedad intelectual, abriendo la puerta a que otros sistemas automatizados bajo control público puedan ser objeto de escrutinio ciudadano cuando se vean afectados derechos fundamentales.

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