Manual de bajas anulado por pérdida sobrevenida de objeto procesal
El Tribunal Supremo ha estimado un recurso de casación al considerar que existía pérdida sobrevenida de objeto procesal en un litigio iniciado contra el uso obligatorio de una aplicación informática para comunicar partes de baja. La resolución anula la sentencia de la Audiencia Nacional, que había declarado nulo el Manual interno de la empresa, por considerar que el conflicto ya no tenía objeto al momento del juicio.
Implantación del sistema Creatio y origen del conflicto
El conflicto colectivo se originó tras la decisión empresarial, el 17 de mayo de 2022, de imponer como único canal válido la aplicación Creatio para la gestión de bajas médicas. Este sistema exigía a los trabajadores no solo subir el parte en PDF, sino también codificar el caso y rellenar información ya contenida en el documento oficial.
Un sindicato promovió el conflicto ante la Audiencia Nacional, solicitando la nulidad del sistema al entender que vulneraba el derecho de los trabajadores a elegir libremente el medio de envío de los partes, conforme al Real Decreto 625/2014.
Sentencia de la Audiencia Nacional: no aprecia pérdida sobrevenida de objeto procesal
La Audiencia Nacional estimó la demanda y declaró nulo el Manual. Descartó la existencia de pérdida sobrevenida de objeto procesal, argumentando que, pese a la reapertura de otros canales de comunicación, la empresa seguía aplicando el Manual como referencia.
Asimismo, entendió que el sistema impuesto excedía las exigencias normativas y trasladaba cargas administrativas indebidas al trabajador.
Recurso ante el Supremo: se confirma la pérdida sobrevenida de objeto procesal
La empresa recurrió en casación, alegando que, antes del juicio de instancia, ya se había suprimido la obligación de usar Creatio de forma exclusiva. El Tribunal Supremo le dio la razón, al concluir que no existía un conflicto real ni actual que justificara un pronunciamiento de fondo.
La sentencia subraya que la pérdida sobrevenida de objeto procesal se produce cuando desaparece el interés jurídico del proceso, por no subsistir la situación que dio lugar a la demanda. En este caso, la imposición obligatoria había cesado y no se acreditó la existencia de trabajadores afectados ni potenciales litigios individuales.
Efectos jurídicos de la pérdida sobrevenida de objeto procesal
La consecuencia procesal es clara: el Tribunal Supremo estima la pérdida sobrevenida de objeto procesal y anula la sentencia impugnada, transformando la estimación de la demanda en una desestimación por motivos formales. No se entra, por tanto, a valorar la legalidad del sistema Creatio ni su adecuación al marco normativo vigente.
No obstante, el Tribunal aclara que, si en el futuro se reinstaurara una medida similar con efectos jurídicos concretos, podría volver a debatirse su validez en sede judicial.
Conclusión: un caso paradigmático de pérdida sobrevenida de objeto procesal
El fallo refuerza la importancia de verificar la vigencia real del conflicto en los procesos colectivos. La pérdida sobrevenida de objeto procesal actúa como límite para evitar sentencias sobre situaciones que ya no existen, asegurando que la jurisdicción social no emita resoluciones meramente declarativas cuando ha desaparecido el interés legítimo de las partes.
