Sentencia del TC sobre la prestación por nacimiento en familias monoparentales

21/03/2025

El Pleno del Tribunal Constitucional ha otorgado el amparo a una madre trabajadora andaluza, integrante de una familia monoparental, a quien el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le denegó la ampliación de la prestación por nacimiento y cuidado de hijo. La decisión se tomó en un pleno extraordinario celebrado en Cádiz, en conmemoración del 45º aniversario del alto tribunal.

Hechos probados

Denegación de la ampliación por parte del INSS

La trabajadora, madre biológica de un hijo y única integrante parental de su unidad familiar, solicitó al INSS que se le concediera una ampliación de dieciséis semanas adicionales a las ya reconocidas. Dicha ampliación equivaldría al periodo que hubiera disfrutado el segundo progenitor en caso de tratarse de una familia biparental.

El INSS rechazó la solicitud. Su decisión fue confirmada posteriormente en sede judicial, lo que llevó a la afectada a interponer un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

Doctrina constitucional sobre el permiso por nacimiento

Aplicación de la STC 140/2024

La resolución del Pleno se basa en la Sentencia 140/2024, de 6 de noviembre, en la que el Tribunal Constitucional ya había declarado inconstitucional que la legislación vigente no contemple la posibilidad de ampliar la prestación en supuestos de monoparentalidad.

Según esta doctrina, la negativa a extender el permiso supone una vulneración del derecho fundamental a la igualdad ante la ley (art. 14 CE), al producirse una discriminación injustificada frente a las familias biparentales.

Anulación de resoluciones y retroacción de actuaciones

Nuevo pronunciamiento del INSS conforme al fallo constitucional

Como consecuencia del fallo, el Tribunal ha ordenado anular tanto la resolución administrativa del INSS como las sentencias judiciales dictadas en las instancias anteriores.

Asimismo, ha dispuesto que el INSS emita una nueva resolución que incluya las semanas de permiso que habrían correspondido al otro progenitor, con excepción de aquellas que la ley exige disfrutar de forma ininterrumpida e inmediatamente tras el parto.

Otras sentencias en el mismo sentido

Tres casos más resueltos en el Pleno extraordinario de Cádiz

Además de este caso, el Pleno extraordinario del Tribunal Constitucional ha estimado otros tres recursos de amparo presentados por madres biológicas de familias monoparentales. Las sentencias han sido redactadas por el presidente Cándido Conde-Pumpido, la vicepresidenta Inmaculada Montalbán y el magistrado Juan Carlos Campo.

Todas ellas reconocen el mismo derecho: la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado de hijo para evitar una discriminación estructural en contextos de monoparentalidad.

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