El TSJ de Murcia reconoce a una víctima de abusos sexuales continuados el derecho a percibir una ayuda de 7.916 euros

08/11/2023

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia ha otorgado a una mujer, víctima de abusos sexuales continuados, una ayuda económica de 7.916 euros tras estimar su recurso. Esta decisión anula la previa de la Comisión Nacional de Ayuda y Asistencia a Víctimas de Delitos Violentos, que había rechazado su solicitud por no cumplir formalidades en la documentación presentada.

La víctima había sufrido abusos a los 14 años por parte de un familiar, quien fue condenado a 7 años de prisión y a pagar una indemnización de 90.000 euros, suma que no fue abonada debido a la insolvencia del condenado.

La Sentencia anterior rechazaba la solicitud alegando que no se habían cumplido las formalidades legales

interpretación de la ley 35/1995 y su reglamento, en particular sobre qué constituye prueba de incapacidad temporal.

El fallo del TSJ subraya que la documentación rechazada inicialmente, que incluía un informe del Proyecto Luz, había sido crucial para validar el testimonio de la víctima y determinar la necesidad de asistencia psicológica. Este informe, emitido por una entidad pública de la Región de Murcia, detallaba que la menor había necesitado tratamiento psicológico por más de seis meses, condición que la ley estipula para recibir la ayuda.

 La sentencia critica el excesivo formalismo pues «sin negar la necesidad de la asistencia recibida por la menor y la duración de la misma se limita a denegar la ayuda por la naturaleza de la documentación presentada, sin tener en cuenta que esta documentación fue incluso tenida en cuenta por la sentencia de la Audiencia Provincial, que alude expresamente al exhaustivo informe emitido por el Proyecto Luz. No es, en consecuencia, un documento ajeno al procedimiento judicial».

Decisión del tribunal | confirmación del derecho de la víctima

Por tanto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha confirmado el derecho de la víctima a recibir la ayuda económica, al considerar probada la incapacidad temporal que excedía el periodo mínimo de seis meses. La sentencia del TSJ es recurrible ante el Tribunal Supremo si se considera que tiene interés casacional.

Subir

    ¿Podemos ayudarte?

    Área Legal

    Responsable: J.A. MUÑOZ-ZAFRILLA & Asociados Servicios, S.L. Finalidad: Tramitación y gestión de consultas. Legitimación: Consentimiento del interesado. Derechos: Acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, oposición, portabilidad de datos. Información adicional: Disponible la información adicional y detallada sobre protección de datos en nuestro sitio web corporativo