Acreditar la realidad de los desplazamientos y los gastos de manutención
El Tribunal Supremo fija doctrina sobre la carga de la prueba en dietas y gastos de desplazamiento
El Tribunal Supremo ha resuelto de forma definitiva la controversia sobre quién debe acreditar la realidad de los desplazamientos y los gastos de manutención y estancia abonados como dietas a los empleados. Se trata de una cuestión fundamental en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), ya que estos pagos pueden quedar exentos de tributación siempre que cumplan los requisitos legales.
¿A quién corresponde justificar las dietas?
El debate jurídico giraba en torno a si era el empleado quien debía demostrar que los gastos correspondían a viajes o comidas por razones laborales, o si era la empresa y, en última instancia, la Administración Tributaria, la responsable de probar si las cantidades abonadas cumplían con los requisitos para su exención fiscal.
El criterio del Tribunal Supremo: la carga de la prueba recae en la Administración
El Tribunal Supremo ha reafirmado la línea jurisprudencial establecida en sentencias anteriores, declarando que la Administración Tributaria, mediante la información proporcionada por la empresa, es quien debe probar que las dietas y gastos de desplazamiento no se ajustan a los requisitos legales para su exención en el IRPF.
Esto significa que no es el trabajador quien debe aportar las pruebas directamente, sino que la Administración debe solicitar la justificación pertinente a la empresa y, en su caso, demostrar que los importes percibidos no corresponden a desplazamientos laborales reales.
El procedimiento judicial y allanamiento de la Administración
El litigio llegó al Tribunal Supremo después de que el Tribunal Económico-Administrativo Regional y el Tribunal Superior de Justicia desestimaran la reclamación del trabajador.
El recurso de casación fue admitido con el objetivo de fijar un criterio definitivo sobre esta cuestión. Durante el proceso, la Administración Tributaria se allanó al recurso, reconociendo que el criterio defendido por el recurrente era el correcto y que la posición inicial de Hacienda resultaba errónea.
Fallo del Tribunal Supremo: la empresa debe aportar la justificación
El Tribunal Supremo ha estimado el recurso, anulando la resolución impugnada y dejando sin efecto la liquidación tributaria practicada.
En su sentencia, reitera que, en relación con las dietas y asignaciones para gastos de locomoción, manutención y estancia, la Administración debe recabar la información necesaria de la empresa, sin trasladar al trabajador la carga de probar que los gastos cumplen con los requisitos fiscales.
Además, el fallo no impone costas al no apreciarse mala fe ni temeridad en ninguna de las partes.
Conclusión: seguridad jurídica para los trabajadores
Con esta sentencia, el Tribunal Supremo consolida una doctrina clara:
- La carga de la prueba recae en la Administración Tributaria, que debe solicitar la justificación a la empresa.
- El trabajador no tiene la obligación de demostrar individualmente el carácter laboral de las dietas y desplazamientos.
Este pronunciamiento fortalece la seguridad jurídica de los empleados y establece un criterio firme sobre la fiscalidad de las dietas en el IRPF.
