Reconocimientos periciales | Tribunal Supremo reafirma la autonomía metodológica en caso de apropiación indebida
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por Ascension, condenada por apropiación indebida, reafirmando que las partes no pueden imponer la forma ni la metodología de los reconocimientos periciales. La sentencia, emitida en el Procedimiento Abreviado n.º 556/2021 de la Audiencia Provincial de Madrid, subraya que corresponde exclusivamente al perito determinar cómo se deben llevar a cabo estos actos para garantizar la precisión y relevancia del dictamen.
Autonomía del perito en los reconocimientos
La parte demandante, Ascension, impugnó diversos aspectos del proceso, destacando la forma en que se realizó el reconocimiento médico forense de Pedro Jesús y solicitando la realización de un nuevo reconocimiento y la citación de la esposa de Pedro Jesús. Sin embargo, el Tribunal Supremo desestimó estos argumentos, estableciendo que es el experto quien posee la competencia técnica para definir la metodología más adecuada para sus evaluaciones, sin que las partes involucradas puedan dictar su ejecución.
Fundamentos de la decisión
El Tribunal explicó que la necesidad de un informe pericial surge de la complejidad técnica de ciertos hechos, y que solo el perito, con su conocimiento especializado, puede determinar la mejor manera de abordar el reconocimiento. Además, destacó que la práctica del reconocimiento debe alinearse con las exigencias técnicas para proporcionar la información solicitada en el dictamen, asegurando así una administración de justicia objetiva y efectiva.
Implicaciones para el proceso judicial
Este fallo refuerza la independencia de los expertos en el proceso judicial, garantizando que sus metodologías respondan a criterios técnicos y no a presiones externas. La decisión del Tribunal Supremo asegura que los dictámenes periciales sean precisos y pertinentes, contribuyendo a una valoración adecuada de la prueba y evitando posibles abusos procesales por parte de las representaciones legales de las partes.
Conclusión
Esta decisión fortalece la autonomía técnica de los peritos y garantiza una mayor objetividad en la administración de justicia.
