Tribunal Superior de Justicia de Madrid aclara límites del periodo de prueba
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha emitido una sentencia que valida el despido de un trabajador en periodo de prueba, quien se encontraba en baja médica tras un accidente laboral.
Cese durante el periodo de prueba
El TSJ ha confirmado la legalidad del despido de un carpintero que se encontraba en periodo de prueba, a pesar de que había sufrido un accidente laboral que lo llevó a estar de baja médica. La sentencia número 1025/2024 aclara que la decisión de cese no constituyó un acto discriminatorio por motivos de salud, en conformidad con la normativa laboral y constitucional vigente.
Detalles del caso
El trabajador había sido contratado bajo un contrato temporal que incluía un periodo de prueba de un mes, desempeñando funciones como oficial de primera en una empresa de carpintería. Pocos días después de comenzar su labor, se le comunicó que no cumplía con los requisitos necesarios para el puesto, debido a errores en la realización de tareas básicas, según lo indicado por sus compañeros de trabajo. Este aviso llevó a la empresa a iniciar el proceso de cese contractual antes de que se produjera el accidente.
El accidente ocurrió en el cuarto día de trabajo del empleado, cuando sufrió una caída de una escalera. Como resultado, fue diagnosticado con lesiones leves y se le otorgó una baja médica de corta duración. Posteriormente, se le notificó su despido por no haber superado el periodo de prueba.
Análisis del TSJ
El tribunal enfatiza que el periodo de prueba, tal como se regula en el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores, otorga al empleador la facultad de finalizar la relación laboral sin necesidad de justificar su decisión, siempre que no se vulneren derechos fundamentales. Sin embargo, si se presenta un indicio de discriminación, es responsabilidad del empleador demostrar que el despido se fundamentó en razones objetivas y no discriminatorias.
En este caso, la cercanía temporal entre el accidente laboral y la notificación del despido podría haber suscitado dudas sobre una posible violación del derecho a la igualdad. No obstante, el TSJ concluyó que la empresa logró desvirtuar este indicio al demostrar que la decisión de despido fue tomada y comunicada a su gestoría antes de que ocurriera el accidente. Además, se evidenció la falta de capacidad del trabajador para llevar a cabo las funciones asignadas.
Derechos fundamentales y límites empresariales
El fallo del tribunal subraya que, aunque las decisiones empresariales durante el periodo de prueba no requieren una justificación detallada, deben respetar los derechos fundamentales de los trabajadores. La nulidad del despido solo se puede declarar si el trabajador presenta indicios razonables de discriminación. En este caso, la sentencia valida la actuación de la empresa como conforme a derecho.
La resolución del TSJ refuerza la idea de que el periodo de prueba no exime a las empresas de cumplir con los principios de igualdad y no discriminación. Al mismo tiempo, resalta la importancia de mantener una documentación precisa y previa de las decisiones empresariales, lo cual es esencial para justificar despidos que puedan resultar controvertidos.
